Riofrío de Órbigo
2023/09/10
2021/09/30
"El palo de los pobres"
"El palo de los pobres de Grulleros", es una cruz de unos 80 x 40 cm. que tiene clavado en el centro del crucero un diminuto crucifijo de hierro.
El extremo inferior del brazo vertical estaba afilado o redondeado, para que el mendigo pudiera sujetarlo con mayor facilidad
Cuando un pobre llegaba a Grulleros y se disponía a pasar la noche en el pueblo, preguntaba a cualquier vecino por la casa en la que había quedado el "palo de los pobres". Una vez localizado éste y tomando en su mano dicho testigo, se dirigía a la casa siguiente en la que se le daba de cenar y se le proporcionaba alojamiento bajo techo, por lo general en algún anexo de las cuadras o en el pajar, no sin antes advertirle que se despojara de cualquier elemento que pudiera producir fuego, "chisquero", mechero, cerillas etc.
El extremo inferior del brazo vertical estaba afilado o redondeado, para que el mendigo pudiera sujetarlo con mayor facilidad
Cuando un pobre llegaba a Grulleros y se disponía a pasar la noche en el pueblo, preguntaba a cualquier vecino por la casa en la que había quedado el "palo de los pobres". Una vez localizado éste y tomando en su mano dicho testigo, se dirigía a la casa siguiente en la que se le daba de cenar y se le proporcionaba alojamiento bajo techo, por lo general en algún anexo de las cuadras o en el pajar, no sin antes advertirle que se despojara de cualquier elemento que pudiera producir fuego, "chisquero", mechero, cerillas etc.
2021/09/27
II. UN CASO ENTRE MIL: RIOFRÍO DE ORBIGO. Por Florentino Agustín Diez González
Pág.6 y ss de REVL-1962, núm. 123. DIEZ GONZALEZ, FLORENTINO AGUSTIN. LEON, PROVINCIA DE ALDEAS Y COMARCA
Y, naturalmente, a la posesión de los únicos bienes concejiles unía la «vecindad» de la aldea las prudentes y con frecuencia enérgicas medidas de su policía y administración, que tan celosamente recogen los clásicos ordenamientos, como se recogen las relativas a la propia gobernación del pueblo: designación de regidores, tomadores de cuentas, alcaldes de ladrones, pesquisidores y alcabaleros, fieles postores, taberneros y abastecedores; orden de «las veceras», turnos y «velandas»; nombramiento y función de pastores y guardas; policía de caminos, puentes y fuentes, de riegos y presas «madrices»; monterías o «correr los lobos»; creación de «huertos familiares», institución casi sagrada, bíblica; asistencia de pobres; policía de fuegos, hornos y piérgolas.
De entre estos ordenamientos queremos entresacar hoy uno inédito, verdaderamente precioso, correspondiente a una aldea leonesa de muy hermoso nombre: Riofrío, casi un nombre de viejo romance de amor, que bien puede haber una Fonfría donde nace un Riofrío... Se trata de una aldeíta admirable, donde pervive un eficaz espíritu concejil para acometer obras del máximo interés comunal, y que espera ardientemente un caminito local que la enlace más cómodamente con Carrizo de la Ribera; porque Riofrío, aun perteneciendo, y muy gustosamente, a la famosa y sabrosísima Comarca y Jurisdicción de la Cepeda, no puede olvidar que lleva el apelativo de «Orbigo» y que hacia el Orbigo, uno de los más ejecutoriados y caudalosos ríos leoneses, se van, tras las aguas de su propio riachuelo, sus miradas y una buena parte de sus afanes.
La versión que vamos a utilizar—de la Ordenanza de Riofrío—data de 1702 y consta de 62 capítulos. Anotaremos y glosaremos, un poco a la luz del Derecho histórico, algunos de los particulares más interesantes
Y, naturalmente, a la posesión de los únicos bienes concejiles unía la «vecindad» de la aldea las prudentes y con frecuencia enérgicas medidas de su policía y administración, que tan celosamente recogen los clásicos ordenamientos, como se recogen las relativas a la propia gobernación del pueblo: designación de regidores, tomadores de cuentas, alcaldes de ladrones, pesquisidores y alcabaleros, fieles postores, taberneros y abastecedores; orden de «las veceras», turnos y «velandas»; nombramiento y función de pastores y guardas; policía de caminos, puentes y fuentes, de riegos y presas «madrices»; monterías o «correr los lobos»; creación de «huertos familiares», institución casi sagrada, bíblica; asistencia de pobres; policía de fuegos, hornos y piérgolas.
De entre estos ordenamientos queremos entresacar hoy uno inédito, verdaderamente precioso, correspondiente a una aldea leonesa de muy hermoso nombre: Riofrío, casi un nombre de viejo romance de amor, que bien puede haber una Fonfría donde nace un Riofrío... Se trata de una aldeíta admirable, donde pervive un eficaz espíritu concejil para acometer obras del máximo interés comunal, y que espera ardientemente un caminito local que la enlace más cómodamente con Carrizo de la Ribera; porque Riofrío, aun perteneciendo, y muy gustosamente, a la famosa y sabrosísima Comarca y Jurisdicción de la Cepeda, no puede olvidar que lleva el apelativo de «Orbigo» y que hacia el Orbigo, uno de los más ejecutoriados y caudalosos ríos leoneses, se van, tras las aguas de su propio riachuelo, sus miradas y una buena parte de sus afanes.
La versión que vamos a utilizar—de la Ordenanza de Riofrío—data de 1702 y consta de 62 capítulos. Anotaremos y glosaremos, un poco a la luz del Derecho histórico, algunos de los particulares más interesantes
La abadesa Sancha Moniz y el convento de Carrizo. (año 1259 se nombra Riu friu)
La abadesa Sancha Moniz y el convento de Carrizo, dan a Monio García y a su mujer, doña Theresa Martinez, una heredad en Quintanilla de Sollamas (año 1259)
Era Mª.CCª.XCª.VIIª., XIII dies por andar del mes de abril. Connozuda cosa /
2 sea a todos per aqueste escripto, que nos domna Sancha Moniz, pella gracia de Dios /
3 abbadesa del monesterio de Carrizo, he el conuento desse meismo logar /
4 damos e otrogamos a uos don Monio garcia e a uestra muler domna theresa /
5 Martinez toda quanta heredat nos hauemos he auer deuemos en quintniella /
6 de Solamas he en sos terminos, conuien asaber: casas, solos, uassallos, terras, uin/
7 nas, prados, montes, fontes, parte en eglisa, aruoles,con frucho t sien fru /
8 cho con exemiento, con retornamiento & con todas sus derechuras he todas /
9 sus pertenencias he otrosi uos damos cada anno .X. estopos de bon centeno, /
10 bien medido pella quarta leones, a la fiesta de sancta Maria de setembrio, enna nostra /
11 uilia de Grulleros. Esta penomrada heredat con este pan, assi commo de susu /
12 dicho ye, uos damos he uos otorgamos. poren toda uestra uida de ambos t /
13 dos por buen amor que uos auemost por mucha prod t mucha aiuda/
14 que nos fizistes henos fazedes t por buen heredamiento que nos diestes en Es /
15 corias he en riu friu he en Ferreras, el qual herdamiento uos damos que lo /
Era Mª.CCª.XCª.VIIª., XIII dies por andar del mes de abril. Connozuda cosa /
2 sea a todos per aqueste escripto, que nos domna Sancha Moniz, pella gracia de Dios /
3 abbadesa del monesterio de Carrizo, he el conuento desse meismo logar /
4 damos e otrogamos a uos don Monio garcia e a uestra muler domna theresa /
5 Martinez toda quanta heredat nos hauemos he auer deuemos en quintniella /
6 de Solamas he en sos terminos, conuien asaber: casas, solos, uassallos, terras, uin/
7 nas, prados, montes, fontes, parte en eglisa, aruoles,con frucho t sien fru /
8 cho con exemiento, con retornamiento & con todas sus derechuras he todas /
9 sus pertenencias he otrosi uos damos cada anno .X. estopos de bon centeno, /
10 bien medido pella quarta leones, a la fiesta de sancta Maria de setembrio, enna nostra /
11 uilia de Grulleros. Esta penomrada heredat con este pan, assi commo de susu /
12 dicho ye, uos damos he uos otorgamos. poren toda uestra uida de ambos t /
13 dos por buen amor que uos auemost por mucha prod t mucha aiuda/
14 que nos fizistes henos fazedes t por buen heredamiento que nos diestes en Es /
15 corias he en riu friu he en Ferreras, el qual herdamiento uos damos que lo /
2021/09/26
LAS ORDENANZAS DE RIOFRÍO DE 1702 por Bernardo Cuesta Álvarez
EL CONCEJO DE RIOFRÍO, MODELO DE ORGANIZACIÓN DEMOCRÁTICA
Un lugar importante para conocer la vida de nuestros antepasados son las Ordenanzas Locales que, durante siglos, sirvieron para reglamentar la vida consuetudinaria de la comunidad en sus aspectos económicos, sociales, culturales e incluso religiosos. De Riofrío se conservan las Ordenanzas de 1702, que constan de 62 capítulos y que sustituyeron a otras más antiguas y que se habían quemado. La copia que utilizamos está incompleta, pues se salta del cap. 35 al cap. 46. Faltan, pues, diez capítulos. A través de algunos estudios que se han ido publicando sobre las mismas sabemos que ahí están contenidas ordenanzas interesantes como la obligación que tenían todos los vecinos de Riofrío de acoger a los pobres que a él llegaban (el "palo de los pobres"), o algunas referidas a la obligación de castrar a perros, marones o toros que no fuesen aptos para una buena reproducción, etc. Al texto que tenemos nos remitimos y de él entresacaremos los aspectos que consideramos más interesantes.
1. ORGANIZACION COMUNITARIA
Un lugar importante para conocer la vida de nuestros antepasados son las Ordenanzas Locales que, durante siglos, sirvieron para reglamentar la vida consuetudinaria de la comunidad en sus aspectos económicos, sociales, culturales e incluso religiosos. De Riofrío se conservan las Ordenanzas de 1702, que constan de 62 capítulos y que sustituyeron a otras más antiguas y que se habían quemado. La copia que utilizamos está incompleta, pues se salta del cap. 35 al cap. 46. Faltan, pues, diez capítulos. A través de algunos estudios que se han ido publicando sobre las mismas sabemos que ahí están contenidas ordenanzas interesantes como la obligación que tenían todos los vecinos de Riofrío de acoger a los pobres que a él llegaban (el "palo de los pobres"), o algunas referidas a la obligación de castrar a perros, marones o toros que no fuesen aptos para una buena reproducción, etc. Al texto que tenemos nos remitimos y de él entresacaremos los aspectos que consideramos más interesantes.
1. ORGANIZACION COMUNITARIA
2021/09/20
LA CEPEDA, TIERRA DE CENTENAL por Antonio García Álvarez
El monte de la Cepeda ha sufrido a lo largo del tiempo una importante transformación en
cuanto a su uso, pasando una gran parte de él de
un aprovechamiento forestal a un aprovechamiento
agrícola. Estos terrenos, de propiedad de los pueblos,
eran objeto de cesión a los vecinos para ser cultivados.
La forma de hacerlo era la de echar quiñones. Se
dividía la zona en pequeñas parcelas (quiñones), que se
distribuían por sorteo entre los vecinos interesados,
mediante el pago de un canon.
Seguir leyendo aquí
Suscribirse a:
Entradas (Atom)